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La fundación presidida por Gustavo Vera había solicitado ser querellante en la causa argumentando que "el art. 84 inc. “b” del CPPF dispone que además de las víctimas, tienen derecho a querellar las asociaciones o fundaciones en casos de graves violaciones a los derechos humanos, siempre que su objeto se vincule directamente con la defensa de los derechos lesionados".